Micelio
Auto2 de marzo de 2016

A- de 2016

Ponente Alberto Rojas Ríos

Demandante Luz Delia Higuabita Rey Y Otra

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica interpuesto en contra del auto que rechazó la demanda de la referencia, por no haber sido subsanada de acuerdo a los lineamientos establecidos en el auto de inadmisión y persistir el incumplimiento de los requisitos de especificidad, certeza, suficiencia y claridad.

Considera la Sala Plena que la ausencia de cargos de inconstitucionalidad frente a la omisión legislativa relativa formulada por las demandantes, hace imposible que se pueda dar aplicación al principio pro actione.

Con base en lo anterior, decidió CONFIRMAR el auto recurrido.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. CONFIRMAR el Auto del del tres (3) de febrero de dos mil dieciseis (2016), mediante el cual el Magistrado Sustanciador Jorge Ignacio Pretelt Chaljub rechazo la demanda formulada por las ciudadanas Luz Delia Higuabita Rey y Mary Jaqueline Pena Ardila contra el articulo 206 de la Ley 100 de 1993; el articulo 227 del Decreto - Ley 2663 de 1950; el articulo 23 (parcial) del Decreto 2463 de 2001; el articulo 3 de la Ley 776 de 2002; y, el articulo 142 (parcial) del Decreto 019 de 2012..
  2. SEGUNDO. COMUNICAR el contenido de esta decision a las recurrentes, informandoles que contra ella no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.